2Si no tienes RFC todavía
En 2026 puedes tramitarlo en línea si eres persona física mayor de edad con CURP, sin necesidad de cita en muchos casos:
- Entra a sat.gob.mx → "Trámites y Servicios" → "Inscripción y avisos al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) para Personas" → "Inscríbete en el RFC en línea".
- Ten a la mano tu CURP y tus datos personales (domicilio, correo, teléfono).
- Si el sistema te pide una cita en "Oficina Virtual", agéndala — es una videollamada, no tienes que ir presencialmente para el RFC básico.
- Al terminar, guarda tu acuse único de inscripción con tu cédula de identificación fiscal.
Tener RFC no es lo mismo que poder facturar. Un RFC recién dado de alta normalmente no trae activada la actividad económica ni el régimen que necesitas — eso se hace en el paso 3.
3Si ya tienes RFC pero no estás en el régimen correcto
El trámite se llama "Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones" — es gratuito y se hace en línea.
- Entra a sat.gob.mx con tu RFC y Contraseña (o e.firma).
- Ve a "Trámites del RFC" → "Actualización en el RFC" → "Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales como persona física".
- Da de alta la actividad económica correspondiente a comisiones mercantiles / servicios, y selecciona el régimen RESICO — Personas Físicas (si cumples el requisito de ingresos anuales menores a $3.5 millones de pesos, que aplica a la gran mayoría de los vendedores).
- Confirma la información y descarga tu acuse de movimientos de actualización de situación fiscal — guárdalo, es tu comprobante del trámite.
Ojo con el momento del año: normalmente el cambio de régimen se hace una vez al año, en enero. Si estás iniciando esta actividad a mitad de año (como comisionista de IDTAP365 recién contratado), puedes darte de alta en el régimen dentro del mes siguiente a que empieces la actividad — no tienes que esperar a enero.
4Cómo emitir tu CFDI por tu comisión
Puedes usar el servicio gratuito de "Genera tu factura" (Factura Electrónica) del portal del SAT — no necesitas comprar software para empezar.
| Dato | De dónde sale |
| Tu RFC (emisor) | El tuyo, ya dado de alta en el régimen correcto |
| RFC del receptor | Solicítalo directamente a IDTAP365 antes de tu primer CFDI |
| Concepto | Comisión mercantil / servicios de intermediación comercial, según el mes o corte que estés facturando |
| Importe | La suma de comisión + bono aprobado en el corte correspondiente (ver tu módulo de Comisiones) |
| Forma de pago | Transferencia electrónica de fondos |
| Uso de CFDI | El que corresponda a tu régimen — confírmalo con tu contador la primera vez |
Recuerda: bajo RESICO, tus declaraciones mensuales se generan en gran medida a partir de los CFDI que emites — entre más ordenado factures, menos trabajo tienes al declarar.
5Cuándo declaras
Declaración mensual definitivaAntes del día 17 del mes siguiente, sobre lo que efectivamente cobraste ese mes (no lo que facturaste sin cobrar). RESICO no tiene declaración anual separada — cada mes es definitivo.
Si tienes obligación de IVASe declara también mensualmente, antes del día 17, junto con tu declaración de ISR.
Contabilidad electrónicaBajo RESICO no tienes que subirla al SAT — es una de las simplificaciones del régimen.
6Cómo se conecta esto con tu pago semanal de IDTAP365
Jueves 12:00
Corte semanal — se cierra qué comisiones quedaron aprobadas.
Viernes después de 14:00
Se dispersa el pago, contra tu CFDI válido.
Puedes acumular varios cortes semanales y facturarlos juntos una vez al mes, o facturar cada corte por separado — lo importante es que todo lo cobrado en el mes quede facturado antes de tu declaración del día 17 del mes siguiente.
Esta guía es orientación general para vendedores, basada en el procedimiento vigente del SAT consultado en julio de 2026. No sustituye la asesoría de tu contador — cada situación fiscal es distinta, y los portales del SAT cambian de tiempo en tiempo.